Se suspende, temporalmente, la revalorización de las pensiones

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De forma temporal, hasta que se forme gobierno en nuestro país, queda suspendida la revalorización de las pensiones. Así se constató en el Real Decreto-Ley 18/2019, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 27 de diciembre. De este modo se suspendía el artículo 58 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en el que se fijaba una subida de las pensiones del 0,25 %.

La ministra portavoz en funciones, Isabel Celaá, ha asegurado que, «en cuanto sea posible, se producirá una revalorización de las pensiones del 0,9 %, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2020″, tal y como se recoge en el Plan Presupuestario previsto para el próximo año. Celaá ha explicado que esta medida se toma porque de lo contrario se producirían dos revalorizaciones (del 025 % primero y hasta el 0,9 % después), «lo que multiplicaría por dos el coste en la comunicación a los beneficiarios». Y, como se argumenta en el preámbulo de la norma, «el equilibrio financiero de la Seguridad Social exigiría que la revalorización viniera acompañada de otras medidas dirigidas a reforzar los ingresos del sistema, que en este momento no pueden adaptarse».

Por tanto, hasta que se pueda aprobar la norma correspondiente con la revalorización del 0,9 %, las pensiones mantendrán el mismo importe que tuvieran reconocido a 31 de diciembre de 2019.

Ese Real Decreto-Ley también recoge la prórroga, hasta final de 2020, de la jubilación con los requisitos y condiciones previos a la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, para la pensiones de jubilación que se causen antes del 1 de enero de 2021.

Y, además, se prorroga la vigencia del Real Decreo 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fijó el salario mínimo interprofesional para 2019. Éste, para cualquier actividad en la agricultura, la industria y los servicios, se mantiene en 30 euros al día (900 euros al mes).

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