ECONOMÍA

Se aprueba la jubilación anticipada para las personas con trabajos peligrosos

El Gobierno ha aprobado la jubilación anticipada para aquellas personas que tienen trabajos peligrosos. 

Tras el pasado Consejo de Ministros, la ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, ha anunciado la aprobación del real decreto que regula el procedimiento para aplicar coeficientes reductores que permitan adelantar la edad de jubilación. Un anticipo al que podrán adherirse los trabajadores en determinadas actividades especialmente duras o peligrosas. Según ha recalcado, el ejecutivo se siente orgulloso de esta medida aunque ha especificado que «esos coeficientes» no podrán aplicarse a personas menores de 52 años.

Durante su intervención, Saiz ha explicado que “somos conscientes de que existen trabajos de especial dureza, y algunos se vuelven aún más exigentes en los últimos años de la vida laboral”. Ha señalado que los datos han demostrado que, en esos trabajos y en ciertos sectores, se produce una mayor siniestralidad. Además, los datos también constatan un mayor número de accidentes laborales y enfermedades profesionales.

En este contexto, y dentro del marco del diálogo social con sindicatos y organizaciones empresariales, se ha acordado diseñar un procedimiento basado en criterios objetivos y con información detallada. El objetivo es que las personas que desempeñan estas labores puedan acceder a la jubilación anticipada de forma «justa y fundamentada».

La norma que ha explicado la ministra, define el procedimiento para identificar las ocupaciones que pueden acogerse a la jubilación anticipada por su carácter especialmente penoso, peligroso, tóxico o insalubre, basándose en criterios respaldados por evidencia científica y elevados índices de mortalidad asociados a dichas actividades.

Criterios establecidos

Entre los factores que se tendrán en cuenta para determinar la penosidad o peligrosidad de un trabajo se incluyen:

  • Exposición continuada a temperaturas extremas, ruido o vibraciones.

  • Uso constante de fuerza física.

  • Contacto con agentes físicos, químicos o biológicos nocivos.

  • Actividades con alta probabilidad de accidente laboral o enfermedad profesional.

  • Ambientes de trabajo insalubres o perjudiciales para la salud.

SENIOR 50

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