¿Qué es el mecanismo de equidad intergeneracional?

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pensiones

Ya está en marcha la primera fase de la reforma del Sistema de Pensiones. Y aunque en gran medida ya se conocen muchos de sus puntos, sí que incluye como principal novedad la introducción de una nueva disposición final cuarta en la que se concreta el diseño del llamado mecanismo de equidad intergeneracional (MEI). Mecanismo que viene a sustituir al derogado factor de sostenibilidad (FS). Este último habría ligado, de 2023 en adelante, la cuantía inicial de la pensión con la esperanza de vida en la edad legal de jubilación.

¿Qué es exactamente este Mecanismo de Equidad Intergeneracional? ¿Qué supone, cuál es su peso en el futuro Sistema Público de Pensiones? Ángel de la Fuente, Alfonso Sánchez y Miguel Ángel García han publicado un artículo de opinión en la Colección Apuntes de FEDEA, bajo el título: «El Mecanismo de Equidad Intergeneracional: una disposición poco equitativa, insuficiente y confusa». Estos expertos analizan y valoran el diseño del nuevo mecanismo. De acuerdo con los autores, el MEI es la primera medida de la reforma en curso que ayudará a mitigar los problemas de sostenibilidad del sistema público de pensiones (a través de la subida de las cotizaciones), pero su diseño es francamente mejorable por varios motivos.

 

equidad intergeneracional

Problemas a analizar 

El primero es que la sustitución del FS por el MEI no contribuye precisamente a mejorar la equidad intergeneracional del sistema de pensiones. Puesto que la única medida cierta y claramente especificada que se incluye en el MEI es un incremento de las cotizaciones que eleva la carga fiscal sobre los activos —en lugar de reducirla, como hubiera hecho el factor de sostenibilidad (FS) a través de un mayor control del gasto—. Según estos autores, la nueva normativa tiende a perjudicar a las cohortes más jóvenes, que son precisamente las que merecerían un respiro, dado que su menguante tamaño en relación con el stock de jubilados exigirá un aumento significativo de su carga fiscal.

El segundo problema es que el MEI resulta claramente insuficiente, no sólo para restaurar el equilibrio del sistema sino incluso como sustituto del FS. Frente a las 4 ó 5 décimas de PIB de ahorro anual que el FS generaría en promedio hasta 2050, el MEI sólo aportaría con certidumbre 2 décimas durante 10 años a través de su primer componente.

Por último, el nuevo mecanismo presenta serios problemas de diseño que se ven agravados por una redacción muy confusa. La condición de activación del subfondo de reserva no parece muy razonable, pues depende sólo de las previsiones de gasto en pensiones para 2050, con independencia de los ingresos en ese momento y de los gastos, ingresos y déficits observados en todos los años anteriores. En particular, todo dependerá de los sucesivos informes trienales sobre el envejecimiento de la Comisión Europea (el llamado Ageing Report). El próximo Report, el de 2024, servirá para fijar la referencia de gasto en pensiones previsto en 2050. Mientras los sucesivos informes no superen este umbral, el fondo no se activará y de hecho podría usarse para reducir las cotizaciones o mejorar las pensiones, por muy elevado que fuese el déficit en ese momento o el previsto para 2050.

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