¡Llegó la jubilación!

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El término jubilación, proviene del latín «jubilare», que significa: gritar de alegría y es el acto administrativo mediante el cual, un trabajador activo pasa a situación de retiro luego de cumplir con su ciclo productivo.

Se trata de un derecho que hemos heredado del Imperio Romano, en tiempos del emperador Augusto, y que nació en las legiones, estructuras militares, organizadas por ciudadanos que se habían alistado voluntariamente para preservar el Imperio.

Después de haber militado por más de 25 años, estos soldados al solicitar la baja recibían como compensación una parcela de terreno y una cantidad de dinero equivalente a la paga de 12 años.

Avanzando en la historia, en 1883, el canciller alemán Otto von Bismark, convirtió a Alemania en el primer país del mundo, en adoptar un programa de seguro social para la vejez.

También durante este año, para mejorar las condiciones de vida de la clase obrera, se creó en España, la Comisión de Reformas Sociales, que se mantuvo activa hasta 1903, cuando fue sustituida por el Instituto de Reformas Sociales que, posteriormente, en el año 1908 dio origen al Instituto Nacional de Previsión.

Tras la Primera Guerra Mundial, en 1919, nace la Organización Internacional del Trabajo, (OIT), con la finalidad de normar las relaciones laborales y propiciar la creación de diversos sistemas de asistencia y protección para la clase trabajadora.

En 1927 se crean en Bruselas, las Cajas de Seguros de Enfermedad, que posteriormente se fusionarían para constituir la Asociación Internacional de la Seguridad Social (AISS).

En 1941, el Presidente Roosevelt y el Primer Ministro del Reino Unido, Winston Churchill, con la Carta del Atlántico, se comprometieron a mejorar las normas laborales, incentivar el progreso económico y ampliar la asistencia social a todos los ciudadanos.

En 1942, durante la Segunda Guerra Mundial, el gobierno del Reino Unido, publicó el Plan Beveridge (llamado así en honor a su autor), mediante el cual se creó el primer sistema unificado de asistencia social, mientras que en Francia, Pierre Laroque, lideraba los esfuerzos por extender dicha protección a toda la población.

A través de la histórica Declaración de Filadelfia, en 1944, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), promovió el desarrollo y expansión del bienestar social.

En 1945, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), a través de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su artículo 22, estableció que «Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social».

En 1952, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), promulgó lo establecido en el artículo 22 de la Declaración de la ONU y, en el año 2001, puso en marcha una campaña internacional para que este beneficio fuese reconocido a nivel mundial.

Gracias a este tipo de acciones, cada día aumenta el número de naciones que incorporan dichos sistemas, hecho que se evidencia al observar que mientras para el año 1900 solo 17 naciones gozaban de estos planes de protección, en 1946 se habían extendido a 104, y para el año 2015 estaban incorporados en 187 países.

Debido a la vinculación de la jubilación con el pago de la pensión, este es un tema de relevante atención ya que se trata de la retribución económica mensual, que recibirá el trabajador en función de los aportes realizados durante su vida laboral.

En este sentido la oficina de Mercer, ubicada en Melbourne, Australia, ha creado un Índice Global de Pensiones que evalúa la idoneidad y suficiencia de dichas retribuciones en el mundo.

Para ello utilizan el promedio ponderado de 40 indicadores que miden tres subíndices: suficiencia, sostenibilidad y buen gobierno/comunicación, otorgando una calificación expresada en un rango que se extiende desde la letra A para el mejor resultado hasta la letra E, para el índice más bajo.

A finales del año 2019 Mercer, realizó el XI Estudio del índice mundial de pensiones, para comparar los sistemas de jubilación de dos tercios de la población mundial en el que Holanda y Dinamarca ocuparon el primer y segundo lugar respectivamente, seguidas por: Australia, Finlandia, Suecia, Noruega, Singapur, Nueva Zelanda, Canadá y Chile.

En esta ocasión, España mostró un avance del puesto 37 al puesto 24, mientras que en el estudio correspondiente a los países europeos subió del puesto14 al puesto 12.

En atención a los resultados obtenidos como producto de esta investigación, el equipo de Mercer, también realizó una serie de recomendaciones, entre las que destacan las siguientes:

  • Prolongar la edad de retiro, en atención al aumento en la esperanza de vida.
  • Promover el empleo y el aumento de la población activa.
  • Mejorar los esquemas privados de ahorro y sus incentivos fiscales.
  • Garantizar el derecho a la seguridad social para todos los ciudadanos.

En consideración a la primera recomendación, la mayoría de los países están alargando la edad de vida laboral como una medida para equilibrar y sostener sus respectivos sistemas de pensiones.

Por tal motivo, la mayoría de los países de la Unión Europea han acordado la edad de 67 años para el retiro de los trabajadores. Edad que según el país, entrará en vigencia en las siguientes fechas:

  • Alemania, en su legislación actual establece el aumento progresivo de la edad de jubilación hasta los 67 años, para el año 2031.
  • Bélgica, para el 2030.
  • Croacia, para el 2038.
  • Dinamarca, Francia e Italia, para el año 2022.
  • Holanda, en el 2021.
  • Irlanda, en el 2028.
  • Reino Unido, a partir del año 2048, establecerá esta edad en los 68 años.

En España, el retraso de esta edad mínima de jubilación, se realizará a través del incremento gradual desde los 65 hasta los 67 años en el 2027.

Esta medida fue acordada en la reforma del sistema de la Ley de Seguridad Social del año 2013, y aprobada por el Congreso de la nación reunido el pasado 3 de diciembre, de acuerdo a lo establecido en el Pacto de Toledo.

Así, a partir del próximo mes de enero del 2021 la edad de jubilación quedará establecida en 66 años, mientras que para jubilarse a los 65 años, se tendrá que haber cotizado un mínimo de 37 años y 3 meses.

Como conclusión, es importante destacar que aun cuando estas medidas puedan coadyuvar para la sostenibilidad de los sistemas de la Seguridad Social, en modo alguno son garantes de la calidad de los servicios ni la cobertura de dichos beneficios, por lo que deberán ser sometidos a constante revisión y evaluación.

«Retírate del trabajo y de la presión, pero no de la vida y la diversión, porque la jubilación solo es un paso para un futuro mejor«.

¡Gracias por leerme!

Nancy América Pérez Barreiro

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